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¿Estrictamente innecesario?

¿Estrictamente innecesario?

El pasado 29 de febrero, Castilla la Mancha amanecía con la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales; simultáneamente, se desarrollaba una jornada de huelga de empleados públicos. Unos meses  y alguna huelga general después, algunas reflexiones parecen oportunas y casi imprescindibles.

Muchos de nosotros nos preguntamos si es el mismo castellano el que hablan los responsables políticos y el que utilizamos los demás ciudadanos. Seguramente no, a juzgar porque a todo un lote de medidas orientadas a recortar inversión pública en servicios sociales, se le llame “Plan de garantías de servicios sociales”. El castellano de la calle le ha dado un nombre más simple y más directo al llamarlo como mucho “Plan de ahorro” y para casi todos “Plan de recortes”.

Se entiende puesto que los recortes afectan precisamente a los servicios sociales que dicen garantizar y superan la ampliación del horario y la reducción del salario de los empleados públicos que parecen haber acaparado la mayor parte de la atención y de las protestas.

Entendíamos por servicios sociales básicos, como lo hace la inmensa mayoría, los servicios ofrecidos o garantizados por el Estado a todos los ciudadanos para facilitar su mayor bienestar o el máximo desarrollo de sus derechos. A la vista de la Ley 1/2012 tenemos que dudarlo pues según ésta garantizar los servicios sociales implica reducirlos.

Veamos un ejemplo a partir del artículo 25 de la citada Ley, en el que se modifica la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.  Entre otras modificaciones que afectan a la gratuidad de materiales, servicio de comedor, becas o formación del profesorado, se reduce el número de potenciales beneficiarios del servicio de transporte escolar.

El apartado 2 del artículo 141 de la Ley de Educación de Castilla La Mancha, vigente hasta el pasado 1 de marzo, decía que “la prestación del servicio de transporte escolar será gratuita para el alumnado escolarizado en centros públicos que curse el segundo ciclo de la educación infantil, las enseñanzas básicas, el bachillerato y los ciclos formativos de grado medio” mientras que en el nuevo texto pasa a decir que “…será gratuita para el alumnado escolarizado en centros públicos que curse las enseñanzas básicas”. El ahorro no es solo de palabras, sino de beneficiarios del transporte que queda reducido a los diez cursos de enseñanza obligatoria, seis en primaria y cuatro en secundaria, y deja fuera  la Educación infantil y la postobligatoria. Es decir, que los alumnos que residan en localidades donde no existan enseñanzas de Educación infantil, Bachillerato o Formación Profesional no podrán acceder en igualdad de condiciones a estas enseñanzas pues la administración ha renunciado al compromiso de compensar la necesidad de desplazarse, y asumir el gasto que conlleva. Desconozco si esta administración seguirá manteniendo el objetivo europeo de aumentar hasta al menos el 95% el porcentaje de niños y niñas de entre cuatro años y la edad de comienzo de la escolaridad obligatoria, (6 años en España). En cualquier caso no asume las propuestas del Consejo de Ministros de la Unión Europea del 20 de mayo de 2011 de “implantar medidas destinadas a facilitar un acceso equitativo y generalizado a la educación infantil y a la atención a la infancia y a potenciar su calidad”.

Y como una reflexión enlaza con la siguiente, recordamos que se nos ha dicho por activa y por pasiva que estas medidas eran necesarias entre otras cosas para generar empleo. La lógica no encuentra aquí el sentido pues no parece que transportar a menos alumnos necesite de más transportistas que lo hagan, como escolarizar a menos alumnos tampoco requiere de más maestros en los centros.

Entre estos pensamientos resulta sorprendente que para la huelga convocada un mes después de que la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales que recorta entre otras cosas el transporte escolar, fije para este mismo servicio el 100% como servicios mínimos. O dicho de otro modo, que mientras en un momento se puede recortar del transporte escolar porque no es prioritario, en otro se le otorga tal prioridad que mientras el país para, debe mantenerse a pleno funcionamiento. Es probable que en un día de huelga haya funcionando más transporte escolar que el que vaya a funcionar en tiempos próximos.

Por último encontramos en el primer párrafo de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales la explicación a los recortes pues dice, literalmente, que “la complicada situación por la que atravesamos obliga a renunciar a todo lo que no es estrictamente necesario”.  Desconocemos en qué medida los recortes en transporte escolar  contribuirán a reducir el déficit o a crear empleo. Desconocemos sus efectos sobre la crisis financiera y sobre los mercados. Desconocemos su valor como estímulo a la competitividad económica.

Pero sin embargo, estamos seguros de que para la actual administración educativa la igualdad de oportunidades “no es estrictamente necesaria” pues entre algunos de los recortes que asume, desde su peculiar estimación de prioridades, genera diferencias entre los ciudadanos que han nacido o viven en un entorno u otro. Lo hace sin disimulo al reducir servicios complementarios, como el transporte, porque la ausencia del servicio, o su no gratuidad, genera diferencias especialmente en el acceso en igualdad al propio sistema educativo.

 

Lleva escrito desde marzo de 2012 y guardado en mi ordenador;con tristeza lo saco hoy pues lo siento hirientemente igual de real.

 

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